El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció su primer período general de vacaciones, cuyos días se consideran inhábiles.
A pesar de que no se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), es importante tener en cuenta estos días que se mencionan en la segunda versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2022.
¿En qué fechas se van de vacaciones en el SAT?
El documento previo establece la regla regla 2.1.6. la cual define como días inhábiles para el SAT el primer periodo general de vacaciones del 2022, el cual comprende del 18 al 29 de julio de 2022. En estos días no se computan para efectos fiscales.
La medida es aplicable desde el 27 de junio de 2022, y a pesar de que las oficinas estarán cerradas, algunos trámites se podrán realizar en línea.
¿Qué trámites se pueden realizar en línea?
Los contribuyentes pueden realizar diversos trámites a través de su portal de internet, como la generación o renovación de su contraseña y la renovación de su firma electrónica (e.firma), si caducó hace menos de un año.
Los trámites que se pueden realizar en el portal del SAT son los siguientes:
- Cambio de domicilio fiscal.
- Actualización de actividades económicas y obligaciones.
- Cierre de establecimiento.
- Apertura de establecimiento.
- Suspensión de actividades.
- Reanudación de actividades.
- Suspensión/reanudación de Actividades de asalariados.
- Generación y actualización de Contraseña.
- Renovación certificado de e.firma.
- Revocación de certificado de e.firma.
- Solicitud de certificado de sello digital.
- Declaraciones provisionales de actividades empresariales.
- Declaraciones provisionales servicios profesionales.
- Declaraciones provisionales arrendamiento.
- Declaraciones bimestrales RIF.
- Declaraciones informativas (ISR, IVA, IEPS, donativos, aportaciones).
- Declaración anual.
- Declaración anual.
- Consulta o aclaración de Opinión del cumplimiento.
- Aviso de compensación.
- Consulta de trámite de devolución.
- Habilitación de Buzón Tributario y registro de medios de contacto.
- Modificación de clave de RFC.
- Estímulos región fronteriza ISR.
- Estímulos región fronteriza IVA.