Este viernes 14 de junio fueron publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los decretos referentes a las reformas a la Ley de Amparo y Ley de Amnistía, por lo que hoy entraron en vigor.
Presidente ya puede otorgar amnistía directa; ¿qué significa?
“Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo Federal se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento”, indica.
De acuerdo con el documento, se adicionó un artículo 9 a la Ley de amnistía, en materia de otorgamiento de amnistía de manera directa, quedando de la siguiente manera.
Artículo 9: Por determinación exclusiva de la persona titular del Poder Ejecutivo se podrá otorgar el beneficio de la amnistía de manera directa, sin sujetarse al procedimiento establecido en este ordenamiento, en casos específicos que reúnan las siguientes condiciones:
a) Que la amnistía se otorgue a personas que aporten elementos comprobables que resulten útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado Mexicano.
b) Que en contra de la persona o personas a las que se conceda la amnistía, se haya ejercido la acción penal, estén siendo procesados o se encuentren sentenciados por cualquier delito.
El decreto entrará en vigor este sábado, al día siguiente al de su publicación y el presidente podrá emitir los acuerdos que considere necesarios para la aplicación de lo dispuesto.
No siempre era aplicable
El decreto publicado este 14 de junio establece que en los casos anteriores “no será aplicable lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley de Amnistía”.
Por lo que, en caso de ser otorgada, la amnistía extinguirá las acciones penales y las sanciones impuestas previamente a los beneficiarios. El decreto entrará en vigor a partir del 15 de junio de 2024.
Artículo 2 de la Ley de Amnistía dice:
“No se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, salvo lo establecido en el artículo 1, fracciones I y II de esta Ley; ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego.
Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o que hayan cometido otros delitos graves del orden federal”.
Lo que hay que saber de la Ley de Amparo
El 24 de abril se reformaron los artículos 129 y 148 de la Ley de Amparo reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución. Se hicieron cambios significativos que afectan la manera en que este recurso legal puede utilizarse para proteger derechos colectivos en México.
Una de las repercusiones más destacadas de estas reformas es la eliminación de la posibilidad de que un solo amparo beneficie a una comunidad o grupo de personas sin que estos hayan acudido individualmente al juicio.