Lilly Téllez, senadora del Partido Acción Nacional (PAN), presentó una iniciativa para que, en efectos jurídicos, los términos ‘mujer’ y ‘hombre’ se definan conforme al sexo biológico determinado al nacer.
El proyecto de decreto busca reformar el primer párrafo del artículo 4 de la Constitución.
Con esta propuesta, la legisladora de oposición indicó que, se garantizará el respeto a la identidad de género de las personas, sin menoscabo de los derechos y protecciones específicas que correspondan a cada sexo biológico.
¿Qué dice la iniciativa impulsada por Lilly Téllez?
En su exposición de motivos, la senadora detalló que, «ante los desafíos contemporáneos derivados de la evolución social en torno a la identidad de género y el acceso a espacios diferenciados por sexo, es urgente dotar de certeza jurídica al significado de términos fundamentales como ‘mujer’ y ‘hombre’ en el ámbito constitucional».
Sin embargo, recalcó que la propuesta no pretende suprimir derechos, sino armonizar principios constitucionales como la igualdad sustantiva, no discriminación, seguridad jurídica, legalidad y dignidad humana, por medio de una definición clara de los conceptos sexo y género.
«La propuesta de reforma que aquí se plantea no excluye a las personas trans, sino que reconoce que la protección de ciertos derechos exige considerar al sexo biológico como un criterio relevante y legítimo, sin que ello implique discriminación».
¿Qué implicaría reformar el artículo 4 de la Constitución?
La legisladora precisó que, con esta modificación se preservarán los espacios exclusivos para mujeres con el objetivo de proteger su seguridad, privacidad e integridad, conforme a los principios de equidad, no discriminación y proporcionalidad.
La propuesta obligaría al Congreso de la Unión, congresos estatales y gobiernos estatales a:
•Incorporar en su legislación la definición de ‘mujer’ y ‘hombre’ conforme al sexo biológico.
•Establecer espacios diferenciados por sexo, garantizando también la creación de espacios neutros o mixtos.
•Reformar reglamentos y normas oficiales mexicanas para asegurar condiciones dignas en servicios sanitarios y deportivos.
Con la reforma al artículo 4 se busca:
•Equilibrar dos conceptos. Primero, la base legal sigue siendo el sexo biológico, y segundo, se reconoce el derecho de las personas a vivir conforme a su identidad de género, siempre que no se afecten los derechos específicos de quienes comparten el mismo sexo biológico.
•Mantener espacios reservados exclusivamente para mujeres (por ejemplo, baños, refugios, prisiones, etc.), con el objetivo de proteger su seguridad, privacidad e integridad.
ARTÍCULO 4 CONSTITUCIONAL
Texto vigente:
«La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del
derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres.
La propuesta es que ahora ese párrafo sea modificado por el siguiente:
«La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el desarrollo de las familias. El Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho a la igualdad sustantiva de las mujeres. Para efectos jurídicos, los términos mujer y hombre deberán entenderse conforme al sexo biológico determinado al nacer.
«La ley garantizará el respeto a la identidad de género de las personas, sin menoscabo de los derechos y protecciones específicas que correspondan a cada sexo biológico. En particular, se preservarán los espacios exclusivos para mujeres con el fin de proteger su seguridad, privacidad e integridad, conforme a los principios de equidad, no discriminación y proporcionalidad», menciona el documento.
¿Cuál es el estatus de la iniciativa?
Actualmente, la iniciativa de la legisladora Lilly Téllez fue presentada ante el Senado.
El dictamen se turnó a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, Segunda, para su análisis y votación.
Información de Milenio