La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto con el que se busca prohibir los vapeadores y el fentanilo ilegal.
Se adiciona un párrafo quinto al artículo 4 y un párrafo segundo al artículo 5 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salud: la cual prohíbe cigarrillos electrónicos, vapeadores y fentanilo ilícito.
Esta reforma impide la producción, distribución, comercialización y enajenación de cigarros electrónicos y vapeadores, además de la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos y uso ilícito de fentanilo.
¿QUÉ SE BUSCA AL PROHIBIR LOS VAPEADORES?
Con el fin de “garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas”, dice la modificación.
Por otro lado, el artículo 5 establece lo siguiente: “queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior”; así que entrará en vigor este 18 de enero de 2025.
En los transitorios indica que a partir de la entrada en vigor del decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo.
Así que el Congreso de la Unión, en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente.
Y las legislaturas de las entidades federativas deben realizar las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en el presente decreto, dentro de los 365 días naturales siguientes a la publicación de este ordenamiento.
PROHÍBEN VAPEADORES Y FENTANILO ILEGAL
El 2 de diciembre de 2024, con la mayoría calificada de 410 votos a favor, 24 en contra y cero abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que adiciona diversas disposiciones a los artículos 4 y 5 de la Constitución Política, en materia de protección a la salud.
De esta manera, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos electrónicos análogos que señale la ley, así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas.
El pasado 8 de enero de 2025, el Congreso de la Unión declaró constitucional la reforma que prohíbe los vapeadores y el fentanilo en México; al tener el aval de los congresos de Baja California, Campeche, Chiapas, Ciudad de México, Colima, Durango, Hidalgo, Estado de México, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
Información de El Universal