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PRISIÓN preventiva para César Duarte

5 de junio de 2022
en Estatal
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La Fiscalía General del Estado de Chihuahua le formuló imputación a César D., acusado de los delitos de peculado y asociación delictuosa, ambos con penalidad agravada, audiencia en la que se le dieron a conocer los hechos que se le atribuyen y por los cuales fue detenido.

El Juez de Control conocedor de la causa penal, le impuso la medida cautelar de prisión preventiva y resolvió que el miércoles 08 de junio habrá de efectuarse la audiencia de vinculación o no a proceso.

La exposición de antecedentes establece que entre los años 2011 al 2014, el imputado quien se desempeñaba como Gobernador del Estado de Chihuahua y previo acuerdo con diversos funcionarios y personas ajenas al servicio público, con un reparto de roles y actividades, desvió recursos del patrimonio estatal que ascendían a la cantidad acumulada de 96 millones 685 mil 253 pesos, los cuales se encontraban depositados en varias cuentas pertenecientes a la Secretaría de Hacienda y estaban destinados exclusivamente a fines públicos.

Así pues, entre los años de 2011 al 2014, Gobierno del Estado realizó 17 pagos reiterados a dos morales, con las que había intereses personales y de negocios, al ser Presidente del Consejo Directivo y administrador de una de ellas, así como accionista mayoritario de la otra, actos que fueron orquestados e instruidos para la entrega de estos recursos públicos a través de 11 procedimientos administrativos simulados.

Una vez que fueron informados los hechos, integrados por múltiples testigos que deponen en su contra; el órgano jurisdiccional habrá de definir la situación jurídica del imputado cuando se efectúe la audiencia de vinculación a proceso.

La Fiscalía General del Estado reitera la garantía de que el imputado habrá de estar seguro durante su instancia en el Centro Penitenciario de la entidad, brindando trato igual y apegado a los derechos humanos como cualquier otra persona privada de la libertad.

**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, el imputado se presume inocente mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).

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