El 1 de abril comenzó la dispersión de un nuevo depósito para los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Las autoridades advierten que el pago está garantizado para toda la comunidad; sin embargo, los jubilados se preguntan si los bancos pueden realizar un descuento en el monto de su mensualidad de la Pensión IMSS 2024, para el cobro de alguna deuda que tengan pendiente por préstamo bancario o en las tarjetas de crédito con estas instituciones financieras.
Cabe recordar que, en algunas ocasiones los pensionados recurren a los bancos para tramitar una tarjeta de crédito que les permita realizar compras diarias o incluso solicitan préstamos bancarios, para hacer frente y solventar gastos más fuertes.
Aunque siempre existe el temor entre los beneficiarios de la Pensión IMSS 2024, sobre qué pasará con la deuda en caso de que dejen de pagar a las instituciones y si pueden llevar a cabo el cobro de manera automática en sus cuentas particulares.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una resolución el año pasado, donde advierten a los pensionados del IMSS, sobre la disposición legal y las facultades de los bancos, en cuanto al descuento directo a la cuenta de ahorro donde depositan la pensión a los beneficiarios, para liquidar una deuda adquirida por un contrato de apertura de crédito.
La apropiación por medio de un contrato de apertura de crédito de los recursos de ahorro para el retiro resulta expresamente contrario a las leyes aplicables y por ello es inconstitucional.
Tras el caso, donde un pensionado demandó al banco por el descuento en su pago mensual, para el cobro de una deuda, importe que fue indebidamente dispuesto de los recursos de la cuenta destinada a cubrir su pensión por cesantía en edad avanzada, la Primera Sala resolvió el juicio a favor del jubilado, por lo que, desde el 2023, advierten que no se pueden realizar este tipo de acciones a cuenta del dinero para el retiro, ya sea del IMSS o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
El cobro con cargo a los recursos de una cuenta dedicada al pago de una pensión por cesantía en edad avanzada, a partir de lo asentado unilateralmente por un banco en un contrato de apertura de crédito, representa una violación al derecho al salario y a una vida digna.
En una primera instancia, se consideró que la entidad bancaria actuó conforme a las cláusulas acordadas en el contrato, pero el demandante presentó un juicio de amparo directo, alegando que la resolución vulneraba su derecho al salario y a un mínimo vital, para llevar una vida digna. La SCJN anuló las cláusulas abusivas y determinó que los bancos no pueden aplicar ningún descuento al pago que reciben los beneficiarios de la Pensión IMSS 2024 por cesantía en edad avanzada, sin importar el monto de la deuda que tengan acumulado.
Es decir, que los bancos no están facultados para realizar el cobro a cuenta de la Pensión IMSS 2024, bajo la modalidad de cesantía. Esta resolución garantiza que los pensionados puedan contar con su pago integro para solventar otro tipo de gastos diarios.
Las autoridades federales advierten a las instituciones bancarias sobre la aplicación de algún descuento en la nómina de los adultos mayores, ya que este acto será castigado con fuertes multas económicas.