La presidenta de la Mesa Directiva del Senado, Laura Itzel Castillo, informó que, este lunes, la presidenta de México, Claudia Sheinbaum, envió las iniciativas de reforma a la Ley de Amparo y a la Ley Federal de Protección Industrial.
En sus redes sociales, la presidenta del Senado detalló que la iniciativa sobre la Ley de Amparo, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, busca establecer un proceso de amparo efectivo y justo.
Además que pretende que el Órgano de Administración Judicial incluya medios digitales para determinar el interés legítimo ante la lesión jurídica real y delimitar los plazos para resolución.
También pretende, dijo, que el Órgano de Administración Judicial incluya medios digitales para determinar el interés legítimo ante la lesión jurídica real y delimitar los plazos para resolución.
La iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum es para limitar la suspensión de amparo si se considera que al hacerlo se contraviene el interés social o disposiciones de orden público y busca añadir una definición del concepto de Interés Legítimo, en el artículo 5 de la Ley de Amparo, con base en criterios que ya ha establecido la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El objetivo, señala el documento, es que facilitaría la justicia para defender intereses colectivos o difusos (como el derecho al medio ambiente) y evitar que se use de manera abusiva y para impugnar normas en general.
La iniciativa propone cambios en la suspensión del acto reclamado, una medida cautelar que permite detener temporalmente el acto de autoridad que se está impugnando mientras se resuelve el fondo del juicio de amparo.
Busca asegurar que el juez no conceda la suspensión sin evaluar cada caso concreto. Propone que los jueces deben sopesar con cuidado si parece que quien pide el amparo tiene razón y el interés social y el orden público, es decir, el impacto que tendría esa suspensión en la sociedad.
Establece nuevas causas por las que no se puede conceder la suspensión. En el artículo 129 indica que no se otorgarán suspensiones para permitir actividades que necesiten permisos o concesiones si estos han sido revocados o nunca existieron. Así, evitar que la suspensión sirva para operar sin autorización legal.
Señala que no procederá la suspensión si esta permite actividades relacionadas con el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo. O también si obstaculiza las actividades de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).
La propuesta destaca que la suspensión provisional, la primera medida que se da muy rápido, quedaría explícitamente prohibida en estos casos de bloqueo de cuentas por la UIF.
Para justificar esos cambios, la iniciativa argumenta que este recurso está siendo usado para liberar grandes sumas de dinero presuntamente ilícito.
Mientras que con la Ley Federal de Protección Industrial en materia de transferencia de tecnología -la otra reforma que propone Sheinbaum Pardo- se pretende simplificar el proceso de protección de patentes y registros, con el propósito de fortalecer el desarrollo científico, tecnológico y la innovación en México.
Información de Proceso y de Animal Político