El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que la queja que se interpuso contra la senadora de Morena, Andrea Chávez, por actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y propaganda gubernamental, por la realización de las “caravanas” y “brigadas de salud”, debe ser resuelta por el Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.
Por unanimidad, la Sala Superior confirmó el acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual se declaró incompetente para conocer este asunto.
Sin mayor debate, las magistraturas consideraron que las conductas denunciadas inciden en la esfera de competencia del OPLE, toda vez que sólo tienen efectos en esa entidad y la naturaleza del cargo de la denunciada no es el elemento que define la competencia de la autoridad electoral.
En su proyecto de resolución, el magistrado Felipe Fuentes Barrera, argumentó que la UTCE analizó correctamente la queja, pues sí se denunció a la senadora por promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos, así como por actos anticipados de campaña.