Al exonerar al presidente Andrés Manuel López Obrador de conductas sistemáticas de intervención en el proceso de sucesión presidencial mediante sus conferencias matutinas, y descartar que el narcotráfico haya operado en favor de campañas de Morena, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró infundados los juicios de nulidad del PAN, PRI y PRD, además desechó el presentado por Xóchitl Gálvez.
La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, dijo que “se determinó la validez de la elección presidencial”, aunque formalmente este procedimiento se llevará a cabo el próximo miércoles, con lo que se validará la elección que dio el triunfo a Claudia Sheinbaum Pardo por la Presidencia de la República.
En sesión este lunes para analizar el llamado “juicio madre” de la elección presidencial, los magistrados Mónica Soto, Alfredo Fuentes, Felipe de la Mata, Claudia Aguilasocho, Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón, votaron a favor de validar la elección presidencial, aunque los últimos dos magistrados presentaron votos concurrentes al estar en contra de algunos elementos del proyecto de sentencia, como la exoneración al presidente López Obrador y el desechamiento del juicio presentado por la senadora Gálvez.
Los seis magistrados coincidieron que la nulidad de una elección es la última decisión que puede resolver el TEPJF, y que la ley estable que una competencia electoral será nula sólo por violaciones graves, dolosas, y que estas hayan sido determinantes cuando exista una diferencia menor al 5% de votación entre el primer y segundo lugar. También coincidieron en que, este caso, Sheinbaum logró una diferencia de 32.3% y más de 19 millones de votos respecto a su adversaria, Xóchitl Gálvez.
En ese sentido, la Sala Superior del tribunal resolvió que los dos juicios de inconformidad presentados por PAN, PRI y PRD carecieron de pruebas cualitativas y cuantitativas para probar que existió actuación sistemática y reiterada de López Obrador en el proceso; compra ilegal de tiempos en radio y televisión; violencia generalizada; injerencia indebida de servidores de la nación y de 13 gobernadores de Morena; uso indebido de programas sociales; coacción y compra de votos; indebida integración de la Sala Superior del tribunal y una actuación parcial de funcionarios electorales como la presidenta del INE, Guadalupe Taddei.
La sentencia del Tribunal Electoral resolvió infundada la intervención sistemática y reiterada del presidente López Obrador porque fueron “hechos aislados que se generaron en distintos momentos del proceso electoral, y previo a su inicio”.
Expuso que en 17 meses se difundieron 342 conferencias de prensa matutinas, y en 34 de ellas se acreditaron expresiones posiblemente irregulares.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón dijo que si bien esas 34 conferencias representaron sólo un 10% del total, de acuerdo con la Constitución no debería haber injerencias.
“Si tomamos como estándar el artículo 134 constitucional, debieron ser cero, por lo tanto, treinta y tantas es sistemático; es mucho más que cero”, expresó.



